¿Quién paga la Seguridad Social en un ERE temporal?

En un Expediente de Regulación de Empleo (ERE) temporal, la seguridad social debe ser pagada tanto por la empresa como por los trabajadores afectados. La empresa seguirá pagando su parte correspondiente a la seguridad social, mientras que los trabajadores deberán continuar con sus aportes previos. En este sentido, la empresa deberá hacer un cálculo de los salarios a percibir y descontar de ellos la parte correspondiente a la seguridad social para los trabajadores.

Es importante destacar que el ERE temporal no exime a las empresas de responsabilidades sobre las cotizaciones a la seguridad social. Si éstas no son pagadas a tiempo, pueden generar recargos y sanciones por parte de la Tesorería General de la Seguridad Social.

Por otro lado, una vez finalizado el ERE temporal, la empresa deberá volver a pagar su parte correspondiente a la seguridad social, y los trabajadores deberán continuar con sus aportes previos, en función de las nuevas condiciones laborales acordadas.

¿Cuánto cotiza la empresa en un ERE?

Cuando una empresa decide realizar un Expediente de Regulación de Empleo (ERE), es normal que surjan muchas preguntas y dudas al respecto. Una de las más recurrentes es cuánto debe cotizar la empresa durante este proceso.

En primer lugar, es importante destacar que el ERE no exime a la empresa de seguir cumpliendo con sus obligaciones fiscales y laborales. Esto significa que la compañía deberá seguir pagando las cotizaciones a la Seguridad Social y cumplir con sus obligaciones tributarias, mientras dure el proceso del ERE. De hecho, es probable que tenga que hacer frente a algunos gastos adicionales, como los derivados de la contratación de expertos en derecho laboral o de la indemnización a los trabajadores que se despidan.

Por otro lado, si la empresa se encuentra en una situación financiera delicada, es posible que se acogie a algún tipo de ayuda o subvención por parte del Estado, como el Programa de Recualificación Profesional (PREPARA) o el Fondo de Garantía Salarial (FOGASA). Estas ayudas, sin embargo, no eximen a la empresa de sus responsabilidades fiscales y laborales.

En definitiva, la empresa debe seguir cumpliendo con sus obligaciones durante todo el proceso del ERE, sin importar su situación económica o financiera. En este sentido, es importante contar con un equipo de expertos que asesoren a la empresa en todo momento y le ayuden a cumplir con sus responsabilidades, tanto tributarias como laborales.

¿Que se cobra en un ERE temporal?

En un ERE temporal, las empresas pueden reducir la jornada laboral de los trabajadores o suspender sus contratos de manera temporal. Esto puede ser debido a diversas razones, como la falta de trabajo en una temporada específica o situaciones de crisis económica.

En general, durante un ERE temporal, los trabajadores cobran una parte de su salario, conocida como indemnización compensatoria. Esta indemnización puede ser del 70% del salario de los primeros 180 días, y posteriormente, del 50% del salario a partir del día 181.

Además de la indemnización compensatoria, los trabajadores pueden optar por recibir también el paro. Sin embargo, para poder solicitar el paro, es necesario haber cotizado un mínimo de 360 días en el último periodo de 6 años.

Es importante destacar que, aunque los trabajadores reciban la indemnización compensatoria y/o el paro durante el ERE temporal, su contrato sigue vigente y, una vez finalizado el periodo de suspensión o reducción de jornada, deben volver a su puesto de trabajo.

¿Quién paga el ERE la empresa o el Estado?

El ERE (Expediente de Regulación de Empleo) es un procedimiento legal que se utiliza en España para despedir a trabajadores de forma colectiva debido a una situación económica difícil en una empresa. En este sentido, surge la pregunta de quién es el responsable de pagar los costes asociados a esta medida: ¿la empresa o el Estado?

La respuesta es clara: la empresa es la responsable de pagar el ERE. Sin embargo, en algunas situaciones, el Estado puede proporcionar ayuda económica a la empresa para cubrir los costes del ERE. Esto ocurre, por ejemplo, en casos de cierre de empresas debido a una crisis económica. En tales situaciones, el Estado puede proporcionar medidas de apoyo financiero para cubrir los costes del ERE.

Es importante destacar que, en estos casos, el Estado no asume los costes del ERE, sino que la ayuda proporcionada es en forma de préstamos o subvenciones para que la empresa pueda realizar los pagos necesarios. También hay que tener en cuenta que estas medidas son excepcionales y que, en la mayoría de los casos, las empresas deben asumir los costes del ERE por sí mismas.

En resumen, la empresa es la responsable de pagar los costes del ERE, aunque en situaciones excepcionales el Estado puede proporcionar ayuda financiera para cubrir estos costes. Es importante recalcar que el ERE es una medida que puede tener consecuencias económicas y laborales importantes, por lo que debe ser utilizada con responsabilidad por parte de las empresas.

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