¿Qué es el modelo 347 de la Agencia Tributaria?

El modelo 347 es un documento que debe presentarse anualmente ante la Agencia Tributaria. Este modelo tiene como objetivo informar a Hacienda sobre las operaciones llevadas a cabo con terceros, cuando el importe total anual de estas operaciones supere los 3.005,06 euros, tanto en compras como en ventas. Es decir, se trata de una declaración informativa que proporciona información relevante para el control fiscal.

La presentación del modelo 347 es obligatoria para todos aquellos contribuyentes que realicen operaciones con terceros y superen el límite establecido. Su presentación se realiza durante el mes de febrero y se deben incluir todos los importes correspondientes a las operaciones realizadas durante el año fiscal anterior. Además, es una declaración que se envía de manera telemática a través de la página web de la Agencia Tributaria.

Este modelo es especialmente relevante para las empresas y profesionales, ya que deben detallar todas las operaciones realizadas con otros contribuyentes, tales como facturas, alquileres, comisiones, etc. Además, es importante tener en cuenta que la información declarada en el modelo 347 debe ser exhaustiva y precisa, ya que cualquier error u omisión puede llevar a sanciones por parte de Hacienda.

Algunos de los datos que se deben incluir en el modelo 347 son la identificación de los contribuyentes con los que se han realizado las operaciones, así como los importes totales de estas. Es importante destacar que en este modelo no se deben incluir todas las operaciones realizadas, sino solo aquellas que superen el límite establecido por la Agencia Tributaria.

En conclusión, el modelo 347 es una declaración informativa que deben presentar aquellos contribuyentes que superen el límite establecido de operaciones anuales con terceros. Su presentación es obligatoria y se realiza durante el mes de febrero. Es importante que la información declarada sea precisa y exhaustiva para evitar posibles sanciones.

¿Qué es el modelo 347 y para qué sirve?

El modelo 347 es un documento tributario que deben presentar anualmente los empresarios o profesionales que realicen operaciones económicas con otros empresarios o profesionales y que superen ciertos umbrales establecidos por la ley.

El objetivo principal del modelo 347 es recopilar información sobre las operaciones económicas realizadas con terceros durante el año fiscal. Esto permite a la Administración Tributaria realizar un control más efectivo de las actividades económicas y detectar posibles fraudes fiscales.

Para presentar el modelo 347, es necesario proporcionar información detallada sobre los proveedores y clientes con los que se han realizado operaciones superiores a un determinado importe durante el año fiscal. Esto incluye datos como el nombre o razón social, número de identificación fiscal y el importe total de las operaciones realizadas.

Es importante tener en cuenta que el modelo 347 debe presentarse antes de finalizar el mes de febrero del año siguiente al año fiscal al que se refiere. Además, aquellos sujetos pasivos que estén obligados a presentar este modelo también deben llevar un registro de las operaciones económicas realizadas.

En resumen, el modelo 347 es una declaración informativa que permite a la Administración Tributaria obtener información sobre las operaciones económicas relevantes realizadas por los empresarios o profesionales con terceros. Su presentación es obligatoria y su incumplimiento puede acarrear sanciones económicas.

¿Quién está obligado a presentar el modelo 347?

El modelo 347 es una declaración informativa que deben presentar determinadas personas y entidades ante la Agencia Tributaria en España.

La principal obligación de presentar el modelo 347 recae sobre aquellas personas o entidades que hayan realizado operaciones con terceros que sumen un importe superior a 3.005,06 euros durante el año fiscal.

Entre los sujetos que deben presentar este modelo se encuentran: profesionales autónomos, empresas, entidades sin ánimo de lucro, comunidades de propietarios, y también las personas físicas o jurídicas que operen en actividades profesionales o empresariales, realizando operaciones que sean objeto de retención o ingreso a cuenta.

Además, hay que tener en cuenta que la presentación del modelo 347 es obligatoria incluso si no se han realizado operaciones que superen el importe mínimo establecido, siempre y cuando se hubiese superado la cantidad de 3005,06 euros en el año anterior.

Es importante destacar que la declaración debe presentarse antes del último día del mes de febrero, respecto a las operaciones realizadas durante el año anterior.

En resumen, están obligados a presentar el modelo 347 aquellas personas y entidades que cumplan con los requisitos mencionados, y su presentación debe realizarse dentro del plazo establecido.

¿Que se declara en el modelo 347 AEAT?

El modelo 347 AEAT es una declaración informativa que las empresas y profesionales autónomos deben presentar anualmente a la Agencia Estatal de Administración Tributaria en España. En esta declaración, se informa sobre las operaciones realizadas con terceros durante el año natural anterior por un importe igual o superior a 3.005,06 euros.

En el modelo 347 AEAT, se deben declarar todas las operaciones que cumplan con estos dos requisitos: que sean operaciones realizadas con terceros y que el importe total de dichas operaciones alcance o supere el límite establecido. Es importante destacar que se incluyen tanto las operaciones económicas como las operaciones de carácter financiero o de seguros.

Esta declaración obliga a las empresas y autónomos a informar sobre los datos identificativos de los terceros con los que se ha realizado alguna operación, así como el importe total de todas las operaciones realizadas con cada uno de ellos. Los datos a declarar incluyen el nombre, apellidos o razón social de la empresa o profesional, la dirección fiscal, el NIF y el importe total de las operaciones.

Además de los datos identificativos, en el modelo 347 AEAT también se deben declarar los datos económicos y fiscales, como el tipo de operación realizada (compras o ventas), el tipo de IVA aplicado, el importe de las operaciones exentas de IVA y el importe de las operaciones sujetas a retención.

Esta declaración es fundamental para la lucha contra el fraude fiscal, ya que permite a la Agencia Tributaria controlar y verificar las operaciones económicas realizadas entre diferentes contribuyentes. Además, la presentación del modelo 347 AEAT es obligatoria, y su no presentación o presentación incorrecta puede suponer sanciones económicas para las empresas y autónomos.

¿Cuando no es obligatorio presentar el 347?

Cuando no es obligatorio presentar el 347. El modelo 347 es un formulario que deben presentar todas aquellas personas o entidades que durante el año hayan realizado operaciones con terceras personas por un importe superior a 3.005,06 euros. Sin embargo, existen algunas situaciones en las que no es necesario presentar este modelo.

En primer lugar, no es obligatorio presentar el modelo 347 cuando no se hayan realizado operaciones con terceros que superen el importe mencionado anteriormente. Es decir, si durante el año no se han realizado transacciones comerciales con proveedores, clientes u otras entidades por un importe igual o mayor a 3.005,06 euros, no será necesario presentar este formulario.

En segundo lugar, no es obligatorio presentar el modelo 347 cuando se trata de operaciones exentas de IVA. Existen ciertos conceptos o actividades que están exentos de este impuesto y, por lo tanto, no deben ser incluidos en el modelo 347. Algunos ejemplos de operaciones exentas de IVA son la entrega de viviendas de protección oficial, la educación reglada o la asistencia sanitaria.

Además, tampoco es obligatorio presentar el modelo 347 cuando se trata de operaciones realizadas con personas o entidades establecidas en otros países de la Unión Europea. En estos casos, la información sobre las operaciones se debe proporcionar a través del modelo 349, que es el formulario específico para las operaciones intracomunitarias.

En resumen, no es obligatorio presentar el modelo 347 cuando no se han realizado operaciones con terceros por un importe igual o mayor a 3.005,06 euros, cuando se trata de operaciones exentas de IVA o cuando se trata de operaciones intracomunitarias. Sin embargo, es importante tener en cuenta que aunque no sea obligatorio presentar este formulario en estas situaciones, se deben cumplir otras obligaciones fiscales y contables correspondientes.

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